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Estos son los 10 conceptos que todo asesor de seguros debe conocer

22-04-2015

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1- Arrastre a extinción: En este método, la pérdida existente en un año es arrastrada en la declaración de beneficios al año siguiente y en las de años sucesivos, hasta que quede totalmente extinguida. El reasegurador pagará, en consecuencia, la participación en beneficios sólo cuando los resultados acumulados del contrato arrojen superávit.

 

2- Transferencia alternativa de riesgos:Término que se refiere al conjunto de soluciones no tradicionales para la trasferencia de riesgos, como son el reaseguro finito, la titulación de riesgos, los contratos multiramo-plurianuales, productos multi-trigger, entre otros.

 

3- Teoría de la manifestación del prejuicio:Teoría que mantiene que el daño o enfermedad comienza en el momento en que se detectan con apariencia obvia. Este argumento se utiliza para determinare si un seguro de responsabilidad civil tiene que pagar en un siniestro con daños personales.

 

4- Gastos de reexpedición:Se refiere al gasto en que se incurre cuando por el resultado de un riesgo cubierto, el tránsito asegurado es terminado en un puerto distinto o intermedio al de destino, se reconocen los gastos adicionales apropiados y razonables incurridos para la descarga, almacenaje y reexpedición a las mercancías al destino al cual aseguraron.

 

5- Merma:Es la pérdida o disminución natural que puede experimentar una mercancía en ocasión de su depósito o traslado.

 

6- Cut-Off:Término inglés para designar la relación de responsabilidades de una reaseguradora en un contrato, mediante el pago a la cedente de un porcentaje acordado entre ambas, sobre la reserva de primas y siniestros pendientes a una fecha determinada.

 

7- Cúmulo:Se aplica en aquellos casos donde se produce una suma de capitales asegurados que pudieran verse expuestos o afectados por un mismo siniestro. Este cúmulo, puede ser conocido o desconocido para el asegurador, razón por la que debe protegerse con los medios disponibles (reaseguro).

 

8- Reticencia:Se entiende por tal, la ocultación de algo realizado por el asegurado al formalizarse la póliza, o durante el curso de ésta, con malicia, para evitar que llegue a conocimiento del asegurador, ocasionando por ello que califique erróneamente el riesgo que cubre, o su grado de peligrosidad.

 

9- Par:La mayoría de los aseguradores suelen incluir esta cláusula en las pólizas a todo riesgo. Su efecto es el de limitar su responsabilidad, en el caso de pérdida o daño sufrido por algún artículo que forme parte de un par o de un juego, el valor de la pieza o piezas pérdidas o deterioradas.

 

10- Superávit:Es un sinónimo de la palabra beneficio.

 

Redacción Tuseguro.com con información de SegurosAlDia.com

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