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Ejecutivo Nacional Venezolano promulga Ley de la Actividad Aseguradora
Venezuela.- El pasado lunes 4 de enero circuló la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.211 donde se publica el Decreto N° 2.176 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de la Actividad Aseguradora.
En la vispera de que la nueva Asamblea Nacional realizara el acto de toma de posesión y la nueva junta directiva tomara la dirección del parlamento venezolano, con mayoría opositora, Nicolás Maduro hizo uso de los poderes especiales (vía Ley Habilitante) y publicó en la Gaceta Oficial un listado de leyes, previo al término de la habilitante que se cumplía el 31 de diciembre de 2015.
Igualmente este lunes se conoció mediante la Gaceta Oficial Ordinaria Nro. 40.819 de fecha 30 de diciembre de 2015, un conjunto de nuevas leyes que serán promulgadas, las cuales están disponibles en los ejemplares Extraordinarios 6.210 y 6.211:
- Ley de Reforma Parcial del Decreto de Ley de Impuesto sobre la Renta
- Ley Orgánica que reserva al Estado las actividades de Exploración y Explotación del Oro y demás minerales estratégicos
- Ley del Régimen cambiario y sus ilícitos
- Ley de impuestos a las grandes transacciones financieras
- Ley Orgánica de fronteras
- Ley Orgánica para el desarrollo de las actividades petroquímicas
- Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República
- Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público
- Ley del Estatuto de la Función Policial
- Ley de Mercado de Valores
- Ley de Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria
- Ley de la actividad aseguradora
- Reforma de la Ley del Banco Central de Venezuela
La Ley Habilitante es un dispositivo de la Constitución venezolana que permite al jefe de Estado gobernar por decreto en temas específicos durante un determinado período. Debe ser aprobada por la mayoría especial del 60% de los diputados del Legislativo, cifra con la que ya no cuenta el chavismo.
Venezuela.- El pasado lunes 4 de enero circuló la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.211 donde se publica el Decreto N° 2.176 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de la Actividad Aseguradora.
En la vispera de que la nueva Asamblea Nacional realizara el acto de toma de posesión y la nueva junta directiva tomara la dirección del parlamento venezolano, con mayoría opositora, Nicolás Maduro hizo uso de los poderes especiales (vía Ley Habilitante) y publicó en la Gaceta Oficial un listado de leyes, previo al término de la habilitante que se cumplía el 31 de diciembre de 2015.
Igualmente este lunes se conoció mediante la Gaceta Oficial Ordinaria Nro. 40.819 de fecha 30 de diciembre de 2015, un conjunto de nuevas leyes que serán promulgadas, las cuales están disponibles en los ejemplares Extraordinarios 6.210 y 6.211:
- Ley de Reforma Parcial del Decreto de Ley de Impuesto sobre la Renta
- Ley Orgánica que reserva al Estado las actividades de Exploración y Explotación del Oro y demás minerales estratégicos
- Ley del Régimen cambiario y sus ilícitos
- Ley de impuestos a las grandes transacciones financieras
- Ley Orgánica de fronteras
- Ley Orgánica para el desarrollo de las actividades petroquímicas
- Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República
- Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público
- Ley del Estatuto de la Función Policial
- Ley de Mercado de Valores
- Ley de Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria
- Ley de la actividad aseguradora
- Reforma de la Ley del Banco Central de Venezuela
La Ley Habilitante es un dispositivo de la Constitución venezolana que permite al jefe de Estado gobernar por decreto en temas específicos durante un determinado período. Debe ser aprobada por la mayoría especial del 60% de los diputados del Legislativo, cifra con la que ya no cuenta el chavismo.
Redacción Macroeconomia.com